Se ha publicado un "Diccionario jurídico español-árabe", cuyo autor es Abdellatif Aguessim El Ghazouani, en la Editorial Comares.
Presentación/Resumen
Uno de los retos más importantes del siglo XX y principios de éste ha sido la comunicación entre personas. La inmigración va cada vez más en aumento, con todas las dificultades que conlleva; por ello, la traducción y la interpretación deben tener un papel fundamental en acercar ideas y opiniones entre diferentes pueblos cada vez más multiculturales. Hoy en día se palpa el aumento considerable del número de arabohablantes y de hispanohablantes, más aún con la creciente cooperación entre los países de habla hispana, a su cabeza España, y los países árabes, pues, las traducciones e interpretaciones entre ambos idiomas, sobre todo en la jurídica y la jurada, y de los traductores e intérpretes que se encuentran ya en Comisarías, Hospitales, Juzgados, Ayuntamientos, etc., aunque desgraciadamente sólo en ciertos meses del año.
La necesidad que los traductores tienen de la utilización de diccionarios específicos sobre el campo jurídico, viene siendo una exigencia que pretendo satisfacer con la elaboración de este diccionario jurídico en la combinación lingüística español-árabe. Este diccionario se concibió al principio como una herramienta de trabajo y como una ayuda para los estudiantes de traducción e interpretación, pero después se comprobó, con un mayor y más exhaustivo contenido, que su manejo sería igualmente provechoso tanto para abogados como para cualquier otro profesional que, de forma directa o indirecta, trabaje en el campo del Derecho, ya sea en un idioma o en otro.
No fue un trabajo fácil. En primer lugar, por la inexistencia de diccionarios jurídicos árabe-español y viceversa -herramientas imprescindibles para el traductor-; en segundo lugar, por la ausencia de unificación de términos jurídicos en los países árabes -si bien es cierto que en la actualidad se está trabajando en ello-. Este gran vacío y esta gran necesidad de diccionarios lo vemos confirmado en la siguiente cita del Dr. Waleed Saleh Alkhalifa, profesor universitario y traductor jurado: Aún existe una notable carencia de diccionarios jurídicos árabe-español y español árabe, carencia que es común a otros idiomas. El que realiza traducciones de estas características, se encuentra con serios problemas, porque no puede contar con el apoyo de los diccionarios, herramienta tan necesaria para el trabajo de cualquier traductor. Sabemos que existen más de un diccionario árabe-inglés y árabe-francés, pero el caso del español es lamentable. Y en tercer lugar, por la incongruencia entre los sistemas legales ya que según Sarcevic suponen el mayor obstáculo al que se enfrenta el traductor jurídico. La dificultad es aún mayor cuando se trata de dos ordenamientos distintos y lejanos pudiendo suponer la imposibilidad, a veces, de encontrar términos equivalentes debido a la historia, cultura, desarrollo ideológico y el orden social de cada sistema.
Mi trabajo empezó indirectamente en el año 1991 con mi inicio en la ardua batalla de permisos de trabajo; por un lado, por mi interés por la legislación española que regula la situación de los extranjeros, y por otro, como consecuencia de mi trabajo de investigación. Ello significó iniciarme en un campo científico muy poco estudiado, tanto en el mundo árabe -en particular Marruecos- como en España. A decir verdad, los estudios teóricos y prácticos son muy escasos y pienso que se debe en parte a la falta de interés y a la dificultad de los textos especializados, sobre todo, si se le añade su relación con el fenómeno de la inmigración, ya que la presión que los organismos oficiales ejercen en la figura del traductor/intérprete es enorme, haciéndola en algunas ocasiones difícilmente soportable. Sin embargo, constato que hay un avance considerable en cuanto a la traducción literaria.
El discurso jurídico de cualquier idioma es complejo y complicado, pues hunde sus raíces en lo más profundo de la sociedad; posee unas cualidades muy específicas que, en muchos casos, son comunes a todos los idiomas y el discurso jurídico árabe no es la excepción. Recordemos, una vez más, que para traducir un texto perteneciente a este ámbito jurídico ?es una labor multidisciplinar?, no son suficientes los conocimientos de derecho, sino también se deben tener muy en cuenta los aspectos lingüísticos, tanto en la lengua origen como en la lengua término. Por ello, no me limité únicamente a los términos utilizados en el lenguaje jurídico, sino los propios del lenguaje común siempre y cuando tuvieran un uso específico en este campo objeto de estudio. Además, y teniendo en cuenta las grandes diferencias entre estos sistemas jurídicos, he tratado de dar, cuando ha sido posible, una traducción literal del término.
Lo que mencioné más arriba está relacionado con mi interés por la legislación española, más aún cuando he trabajado como traductor e intérprete con la Policía y la Guardia Civil de Granada y cuando realicé los cursos de Experto Universitario en Mediación Intercultural y en Asesoramiento jurídico de los inmigrantes en la Unión Europea y en España, así como en el Máster en Derecho de Extranjería y que todo esto se plasmó a raíz de la traducción de la anterior Ley de Extranjería: Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la L. O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE de 12 de enero de 2001), cuya presentación se hizo el día 28 de junio de 2001.
En cuanto a la segunda y vigente Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre y por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, su traducción formó parte de mi investigación para obtener el título de Doctor en Traducción por la Universidad de Granada -pendiente de publicación, Tesis Doctoral que defendí el 11 de febrero de 2005.
No quiero terminar sin mencionar que este diccionario es fruto de diversas traducciones, interpretaciones y consultas, tanto a juristas españoles como a marroquíes. He contado, igualmente, con numerosos compañeros, que desde distintas áreas, han colaborado en la resolución de las dudas que han ido surgiendo mientras mi labor iba cobrando forma. Esta, digámoslo así, "obra de referencia" será ampliada en el futuro, pues esa es mi intención.
ABDELLATIF AGUESSIM EL GHAZOUANI Profesor de Traducción de Árabe Universidad de Granada
Autor: AGUESSIM EL GHAZOUANI, Abdellatif aguessim@ugr.es Colección: Interlingua. Diccionarios, núm. 56 Editorial Comares S. L. Polígono Juncaril, parcela 208 18220 Albolote (Granada). www.comares.com Tel: 958 46 53 82. Fax: 958 46 53 83 ISBN: 8498360889 Precio: 12.00 (IVA incluido)
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